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Términos y condiciones de las órdenes de compra

  1. CONTRATO. Estos términos y condiciones junto con cualquier Orden de Compra que emita Herbalife Nutrition (en adelante “el Comprador” o “Herbalife Nutrition”) y a cargo de la persona física o jurídica indicada en el recuadro de "Datos Proveedor" (en adelante “el Proveedor”) constituyen un Contrato para las Partes. Cualquier Orden de Compra estará sujeta a estos Términos y Condiciones, y sólo podrá ser modificada con el consentimiento por escrito del representante legal o persona autorizada del Comprador. El Contrato se entenderá perfeccionado en el momento en que el Comprador reciba su aceptación por el Proveedor, ya sea expresa o tácita, como sucedería, por ejemplo, en el supuesto de que el Proveedor: (i) firme la Orden de Compra y/o estos Términos y Condiciones; o (ii) envíe el Producto ordenado en la Orden de Compra o inicie la prestación del Servicio contratado. En caso de existir alguna diferencia entre estos Términos y Condiciones y lo indicado en el cuerpo de la Orden de Compra, prevalecerán estos Términos y Condiciones. El Comprador tendrá el derecho de realizar cualquier cambio dentro del alcance general de la Orden de Compra, sin embargo, ningún cargo o variación del precio adicional a lo estipulado en ésta será válido salvo consentimiento por escrito del Comprador. Si el Proveedor necesitara proponer cambios a la Orden de Compra que pudieran afectar la fecha de entrega, la cantidad y/o calidad de los Productos o Servicios, la efectiva prestación de los Servicios o el precio acordado con el Comprador, etc., entonces el Proveedor deberá notificar inmediatamente esta situación al Comprador por escrito (pudiendo ser vía correo electrónico autorizado) para negociar los ajustes requeridos. Solamente los Productos, Servicios, unidades, términos, precios, cargos, y demás condiciones especificadas en una Orden de Compra emitida por Herbalife Nutrition y en estos Términos y Condiciones serán válidos y vinculantes para las Partes.

  2. PRODUCTO O SERVICIO. Según aplique, el término "Producto" significa cualquier material, mercancía, equipo, accesorio o cualquier otro artículo indicado en la Orden de Compra que se emita por Herbalife Nutrition a cargo del Proveedor. Por su parte, el término Servicio hace referencia a aquellas actividades que el Proveedor ofrece al Comprador para satisfacer alguna necesidad particular de éste, sin perjuicio de su naturaleza, en ambo casos a cambio de la contraprestación que se indique en la Orden de Compra que se emita por Herbalife Nutrition.

  3. PRECIOS. La Orden de Compra no podrá ser despachada ni ejecutada a precios más altos que los especificados en ésta. El plazo de pago convenido en la Orden de Compra comenzará a contar a partir de que el Comprador reciba la factura comercial debidamente emitida de acuerdo con las disposiciones normativas de la jurisdicción del Comprador. No se aceptarán reclamos por pagos o cargos adicionales si éstos no fueron previamente aprobados por escrito por el Comprador. En caso de que los Productos o Servicios sean pactados en moneda extranjera (moneda de cálculo), serán convertidos a la moneda local utilizando el tipo o tasa de cambio oficial aplicable. Herbalife Nutrition realizará los pagos siempre en su moneda local, salvo pacto expreso en contrario.
    El siguiente párrafo aplica exclusivamente para productos o servicios adquiridos en el territorio de Brasil:
    El Proveedor deberá remitir a Herbalife la factura o recibo de pago dentro de los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento de la respectiva factura o documento de facturación equivalente, indicando la cuenta para el depósito, en caso de que no se realice a través de una boleta de cobro. La factura respectiva deberá ser enviada dentro del plazo mencionado al correo electrónico del colaborador Herbalife responsable de la negociación, junto con el número de OC informado previamente por el departamento de contratación. En caso de retraso en el envío de la respectiva factura por parte del Proveedor, se prorrogará el vencimiento de esta, respetando siempre la fecha de vencimiento de 20 (veinte) días hábiles tras el envío de la documentación descrita anteriormente. 

  4. ENVÍOS Y/O ENTREGAS DE PRODUCTO.
    4.1 Las entregas deberán realizarse en el lugar de entrega especificado en la Orden de Compra o, en su defecto, en el lugar indicado por Herbalife Nutrition, respetando la fecha y hora informada por Herbalife Nutrition. Salvo que se estipule expresamente por escrito lo contrario, los pedidos de Herbalife Nutrition deberán entregarse sin cargo ni gasto adicional alguno. Toda entrega deberá ir acompañada de los documentos fiscales correspondientes y del certificado o comprobante de entrega, según los requerimientos de la legislación local, en el que deberá detallarse la fecha, número de la Orden de Compra, cantidad, mercadería, número y/o identificación del proveedor, etc.; no se indicarán precios y no se incluirán en un mismo recibo o certificado de entrega elementos correspondientes a más de una Orden de Compra. Cabe señalar que cualquier entrega realizada con los medios proporcionados por Herbalife Nutrition, y no habiendo otro acuerdo al respecto, será a cargo del Proveedor.
    4.2 En caso aplicable, si el Proveedor realiza un envío o entrega de Producto sin respetar estos Términos y Condiciones (incluyendo fechas de entrega), se le aplicará una penalización del 1% sobre el valor total de la Orden de Compra por cada día calendario de retraso y hasta por un máximo del 10% del importe total de la Orden de Compra y a elección del Comprador se podrá rechazar la entrega del Producto. En caso de que el Proveedor presente retraso en la entrega del Producto superior a cinco (05) días calendario, el Comprador tendrá además del derecho a rechazar la entrega, a su elección, podrá terminar por incumplimiento del Proveedor este Contrato inmediatamente, sin necesidad de resolución judicial, y en caso aplicable, el Comprador podrá igualmente exigir al Proveedor el pago de todos los costos y gastos que se deriven de dicho incumplimiento o retraso, tales como transporte, almacenaje u otros, y el reembolso de cualquier anticipo que se le hubiese pagado al Proveedor. Adicionalmente, se aplicará la pena convencional (Cláusula Penal) que se establece en la Cláusula 17 de estos Términos y Condiciones, la que autoriza el Proveedor sea deducida de cualquier saldo que exista a su favor.
    El Proveedor deberá remitir a Herbalife la factura o recibo de pago dentro de los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento de la respectiva factura o documento de facturación equivalente, indicando la cuenta para el depósito, en caso de que no se realice a través de una boleta de cobro. La factura respectiva deberá ser enviada dentro del plazo mencionado al correo electrónico del colaborador Herbalife responsable de la negociación, junto con el número de OC informado previamente por el departamento de contratación. En caso de retraso en el envío de la respectiva factura por parte del Proveedor, se prorrogará el vencimiento de esta, respetando siempre la fecha de vencimiento de 20 (veinte) días hábiles tras el envío de la documentación descrita anteriormente. 

  5. CUMPLIMIENTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. En caso aplicable, el Proveedor deberá prestar los Servicios conforme con lo pactado y con base en los requerimientos de Herbalife Nutrition, los cuales podrán estar descritos en la Orden de Compra emitida por Herbalife Nutrition y/o en la propuesta de servicios presentada por el Proveedor, o en su defecto constar en correos electrónicos de Herbalife Nutrition previos o posteriores a la emisión de la Orden de Compra.  En caso de que, a criterio de Herbalife Nutrition, los Servicios no se presten conforme con lo pactado, se incumplan estos Términos y Condiciones, y/o los Servicios no sean satisfactorios a discreción del Comprador, el Proveedor se hará acreedor a una pena convencional correspondiente al Penalidad equivalente a máximo el 20% (veinte por ciento) del valor total de la Orden De Compra emitida por Herbalife Nutrition a criterio exclusivo del comprador, más cualquier gasto adicional que se genera por causa de dicho incumplimiento; dicha pena se incrementará al doble por cada reincidencia. El Proveedor contará con dos (2) días hábiles para subsanar deficiencias, cuando le sea otorgado a discreción del Comprador dependiendo de la naturaleza del servicio, y en tales casos la pena convencional procederá en caso transcurra dicho tiempo sin que el Proveedor realice las correcciones indicadas por el Comprador. 

  6. MODIFICACIONES. El Comprador podrá, en cualquier momento, mediante solicitud por escrito enviada al Proveedor, realizar cambios en las obligaciones del Proveedor bajo la Orden de Compra, incluyendo cambios a uno o más de los siguientes puntos: (i) las condiciones; (ii) los Servicios a realizar y/o los Productos a suministrar y (iii) la fecha y el lugar de ejecución. En caso de que cualquier cambio provoque un aumento o disminución de los costos o en el tiempo requerido para que el Proveedor cumpla con sus obligaciones bajo la Orden de Compra, se podrá acordar un ajuste razonable en el precio del Servicio y/o de los Productos y/o del tiempo de prestación del Servicio y/o de entrega de los Productos. Para tal efecto, el Proveedor deberá proponer dicho ajuste razonable al Comprador, por escrito, dentro de los tres (03) días calendario siguientes a la fecha del cambio realizado por el Comprador.

  7.  INSPECCIONES Y APROBACIÓN. El Comprador tendrá el derecho de auditar, inspeccionar, rechazar o aprobar en cualquier tiempo, en las instalaciones, la fábrica, bodega, oficinas, tienda o planta del Proveedor o en el punto convenido de entrega, las materias primas que se utilicen para fabricar o elaborar los Productos; así como el derecho de aprobar o rechazar cualquiera o todos los Productos que no cumplan con las especificaciones de compra; y para el caso de no existir tales especificaciones, tendrán que cumplir cuando menos con las especificaciones comunes para el tipo de Productos de que se trate, de acuerdo al criterio de una persona razonable. En el mismo sentido el Comprador podrá inspeccionar el lugar y medios de prestación de los Servicios, las unidades, elemento o insumos que se fueren a utilizar para la prestación de los Servicios, y en caso de que, a su sola discreción, no cumpla con los requerimientos mínimos para la correcta prestación de los Servicios, podrá, sin perjuicio alguno dar por terminado este Contrato inmediatamente, entendiendo que el Proveedor será responsable por todos los daños y perjuicios que se generaren por dicha cancelación sin que deba existir de por medio una orden judicial; asimismo el Comprador tendrá el derecho de aprobar o rechazar la prestación de los Servicios en caso de que el Proveedor no cumpla con estos Términos y Condiciones o con los mínimos estándares para la óptima prestación de los Servicios detallados en la Orden de Compra emitida por Herbalife Nutrition. Todos los costos en que se incurra y los daños que se produzcan como resultado de los rechazos que efectúe el Comprador bajo las provisiones contenidas en la Orden de Compra serán por cuenta del Proveedor, y el Comprador tendrá el derecho de devolver a costo del Proveedor cualquiera de los Productos o desistir de la prestación de los servicios objeto de la Orden de Compra. El Comprador examinará los Productos y/o Servicios dentro del menor tiempo posible de acuerdo con las circunstancias, y notificará al Proveedor por escrito o por medio electrónico cualquier falta de conformidad con la calidad o especificaciones del Producto o Servicio. El Proveedor deberá retirar los Productos rechazados en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles a partir de la fecha de notificación del rechazo, liberando al Comprador de cualquier responsabilidad por su atraso en el retiro, y asumiendo cualquier costo involucrado por concepto de almacenamiento, flete, destrucción o cualquier otro. En el caso de prestación de Servicios, será responsabilidad del Proveedor efectuar todos los arreglos y modificaciones requeridos por el Comprador, de acuerdo con la cotización u Orden de Compra.

  8. GARANTÍAS.
    8.1 Además de la garantía implícita de los Productos y/o Servicios conforme a la ley aplicable en el país en que se ejecute el objeto de la Orden de Compra emitida por Herbalife Nutrition, la garantía de comercialización  y/o la garantía que expresamente otorgue el Proveedor respecto de éstos en cualquier medio, el Proveedor garantiza que: i) todos los Productos y/o Servicios cumplen con todas las especificaciones acordadas en la Orden de Compra, ii) son acordes a las muestras aprobadas previamente por el Comprador, de haberlas habido, iii) están fabricados o serán prestados adecuadamente y conforme a estándares aceptables de calidad, iv) pueden comercializarse y usarse para el propósito para el cual fueron concebidos o diseñados o para cualquier otro uso razonable acorde a su naturaleza, según aplique, v) no violan ley ni regulación alguna aplicable a los mismos, a sus materiales y/o a su prestación, y vi) están libres de cualquier defecto.  Asimismo, el Proveedor se obliga y garantiza que todos los Productos vendidos al Comprador, al momento de su entrega, no han sido contaminados, adulterados, alterados o modificados, y que cumplen con todas las regulaciones, leyes y normativa aplicable en la jurisdicción en la cual son entregados. En adición, el Proveedor cumplirá con el Código de Conducta para proveedores del Comprador.
    8.2 En caso de existir anticipo del precio a ser entregado por Herbalife Nutrition al Proveedor, Herbalife Nutrition podrá exigir al Proveedor que obtenga y demuestre la obtención de una fianza o póliza de anticipo que cubra el 100% del anticipo.
    8.3 Por otro lado, el Proveedor deberá contar con una fianza o póliza de cumplimiento que ampare al menos el 50% del precio de los Productos o Servicios, fianza o póliza que será obligatoria para el Proveedor a no ser que el Comprador le comunique lo contrario.
    8.4 De igual forma, el Proveedor deberá contar con una póliza de responsabilidad civil cuando sea requerida por el Comprador. Todo lo anterior sin perjuicio de cualquier otra póliza o fianza que el Comprador requiera o exija para la debida ejecución del objeto de la Orden de Compra emitida. 

  9. EMPAQUE Y TRANSPORTE. El Comprador no asumirá el pago de cualquier cargo por empaque, embalaje, almacenamiento o transporte que no haya sido previamente acordado y que no aparezca por lo tanto indicado en la Orden de Compra. Todo el etiquetado y empaque necesario deberá ser proporcionado por el Proveedor, salvo acuerdo expreso por escrito. En caso de pedidos internacionales, toda la documentación de exportaciones y/o importaciones, relacionada con licencias, lista de empaque y factura comercial deberá cumplir con la ley del país importador.

  10.  PERMISOS. En caso de que el objeto de la Orden de Compra requiera la obtención por el Proveedor de permisos, autorizaciones, aprobaciones o tramites similares ante cualquier autoridad local, municipal, distrital, nacional, o de cualquier orden, o que implique la autorización previa para el uso de imágenes, videos, voces, licencias de software, etc., el Proveedor garantiza que a la fecha de emisión de la Orden de Compra y/o para la fecha de ejecución de su objeto, cuenta con los permisos, autorizaciones, licencias o lo que resulte aplicable que sean necesarios para el cumplimiento y efectiva ejecución de la Orden de Compra conforme con la legislación del país en donde se ejecute la misma. En caso de realización de eventos, el Proveedor y sus representantes serán responsables de informar al Comprador de la correcta aplicación de las medidas de seguridad dispuestas por las autoridades, en concordancia con las leyes, lineamientos y guías emitidas por las autoridades gubernamentales del lugar en donde se realice el evento, teniendo que sacar en paz y a salvo al Comprador de cualquier infracción en que se llegare a incurrir durante el evento. 

  11. FUERZA MAYOR. Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento de la Orden de Compra si dicho incumplimiento es originado por caso fortuito o fuerza mayor comprobables, mencionando sin limitación, huelgas, paros, actos de la naturaleza, epidemias, pandemias, disposiciones gubernamentales, órdenes de autoridad o por cualquier otra circunstancia de esta índole que, que no sean originadas de manera directa o indirecta por alguna de ellas. En caso de que se verifique la existencia de un caso fortuito o causa de fuerza mayor que impida total o parcialmente al Proveedor continuar con la ejecución de la Orden de Compra, deberá dar aviso por escrito al Comprador de tal situación en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el suceso y podrá proponer a Herbalife Nutrition reagendar las fechas de entrega del Producto y/o de la prestación efectiva del Servicio sin costo para el Comprador. Acto seguido, el Comprador podrá: (i) aceptar dicho cambio de fechas, o (ii) dar por terminada la Orden de Compra mediante aviso al Proveedor por escrito dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la fecha en que el Proveedor dio aviso por escrito sobre su imposibilidad de ejecución. Asimismo, en el supuesto de la existencia de un caso fortuito o causa de fuerza mayor que impida total o parcialmente al Comprador cumplir con sus obligaciones, el Comprador podrá solicitar: (i) un cambio de fechas para la entrega de los Productos y/o la efectiva prestación del Servicio, o (ii) terminar la Orden de Compra inmediatamente mediante aviso por escrito al Proveedor. Asimismo, las Partes acuerdan que en caso de que dicho caso fortuito o causa de fuerza mayor cese, termine o desaparezca y, siempre y cuando estas continúen en posibilidad de reanudar el cumplimiento de sus respectivas obligaciones según la Orden de Compra, ésta continuará surtiendo plenos efectos. No obstante, lo estipulado en esta cláusula, el Proveedor se obliga a hacer su mayor esfuerzo para en caso de presentarse algún caso fortuito o causa de fuerza mayor, implementar las medidas que considere convenientes a efecto de continuar con la debida ejecución del objeto de la Orden de Compra, o en su caso, reagendar la entrega de Productos y/o prestación del Servicio siempre y cuando el Comprador otorgue su consentimiento previo por escrito. En caso de que el Comprador haya optado por terminar la Orden de Compra según lo estipulado es esta cláusula, el Proveedor se obliga a la inmediata devolución de los montos pagados por el Comprador o su remanente no ejecutado, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles luego de notificada la terminación. Asimismo, las Partes acuerdan que, en el supuesto de la existencia de algún caso fortuito o causa de fuerza mayor, entre ellas siempre mediarán la comunicación, la buena fe y el buen entendimiento.

  12. NO RELACIÓN LABORAL. Las Partes declaran y reconocen expresamente que no tendrán relación alguna de carácter laboral respecto de los dependientes, empleados, personal y/o subcontratistas que cada una utilice para la efectiva ejecución del objeto de la Orden de Compra, y que, en todo caso, las obligaciones que se pacten entre alguna de las Partes y aquellos son responsabilidad única de cada una de ellas. Teniendo en cuenta que el Proveedor es una persona física o jurídica que cuenta con elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones de la Orden de Compra, será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones que la ley establezca a su cargo como patrono, en relación con las personas que emplee para cumplir con el objeto de la Orden de Compra, por lo que el Proveedor se obliga a indemnizar y mantener indemne al Comprador, sus afiliadas, subsidiarias y al personal del Comprador, de cualquier acción en su contra, reclamación, juicio o responsabilidad que pudiera surgir por iniciativa de o con respecto a cualquiera de los dependientes, empleados, personal y/o subcontratistas del Proveedor, teniendo por lo tanto el Proveedor la obligación de reembolsar al Comprador cualquier cantidad que se hubiere visto obligado a pagar por dicho motivo. Dicha responsabilidad incluirá en forma enunciativa y no limitativa el pago de salarios, prestaciones, reparto de utilidades, retención de impuestos, pagos a los entes de seguridad social, indemnizaciones, etc. así como cualquier otra prestación económica que se vea obligado a cubrir y honorarios de abogados. Las Partes se obligan a notificar por escrito en forma inmediata a la otra del inicio de cualquier procedimiento relacionado con las reclamaciones citadas a fin de que la otra Parte pueda oponer la mejor defensa procedente. El Proveedor se compromete a obtener y mantener vigentes aquellos seguros y demás garantías obrero-patronales y de seguridad laboral que resulten aplicables a la jurisdicción, así como pólizas de responsabilidad civil que cubran daños y perjuicios que se causen al Comprador o a terceros, cuando resulten del incumplimiento de estos Términos y Condiciones, el contrato suscrito en caso de existir o por actos u omisiones imputables al Proveedor, al personal que emplee, o a sus subcontratistas. Si el Proveedor omite contratar o mantener el seguro según lo requerido, el Comprador podrá retener el pago de cualquier factura o suma adeudada al Proveedor hasta que este cumpla con lo estipulado en esta cláusula. El Comprador podrá solicitar al Proveedor evidencia del cumplimiento de esta obligación.  

  13. IMPUESTOS. Los impuestos que se originen con motivo de la ejecución del objeto de la Orden de Compra estarán a cargo de la parte a quien por ley correspondan. Todos los precios ofertados por el Proveedor e indicados en la Orden de Compra, se entiende que incluyen todos los impuestos, tasas y cánones aplicables.
    El siguiente párrafo aplica exclusivamente para productos o servicios adquiridos en el territorio de Brasil:
    El Proveedor reconoce que la existencia de beneficios fiscales que le sean concedidos por una Administración Tributaria ya sea a través de Regímenes Especiales u otros instrumentos, puede alterar el registro de los créditos fiscales por parte de Herbalife. En este sentido, el Proveedor declara que no es beneficiario de ningún incentivo fiscal y responderá de los daños y perjuicios que se causen a Herbalife como consecuencia de la inexactitud de esta declaración. En caso de que el Proveedor resulte beneficiario de algún beneficio fiscal, el Proveedor se compromete a informar inmediatamente a Herbalife de esta situación y a proporcionar todas las aclaraciones solicitadas, sin perjuicio del derecho de Herbalife, en base a esta información, a rescindir el presente instrumento sin cargo alguno.

  14. INDEMNIDAD. El Proveedor indemnizará, defenderá y mantendrá indemne al Comprador, sus subsidiarias, afiliadas, entidades controladoras, directivos, agentes, empleados y clientes, de y contra cualquier responsabilidad, obligación, acción, demanda, reclamo, queja, denuncia, juicio, convenio judicial o extrajudicial, pérdida, costo, gasto, incluyendo honorarios razonables de abogados en que se haya incurrido o se incurra por o como resultado de: a) el incumplimiento del Proveedor de cualquiera de estos Términos y Condiciones y de cualquier Orden de Compra, b) daños o perjuicios que se causen a terceros por la prestación de los servicios contratados y que sean ocasionados directamente por el Proveedor, sus empleados, subcontratistas o agentes; c) muerte o lesión de alguna persona o por el daño o pérdida de cualquier propiedad, que se produzca o reclame como resultado del manejo, uso y empleo de los Productos suministrados por el Proveedor y/o de los Servicios prestados por el Proveedor, d) el uso de materiales defectuosos o dañinos utilizados en la fabricación de los Productos, e) por presentarse o alegarse fallas en los Productos y/o que no cumplen con las especificaciones correspondientes o con los términos de la garantías otorgadas a los consumidores, f) muerte o lesión de alguna persona o por el daño o pérdida de cualquier propiedad, que se produzca o reclame como resultado de negligencia en la prestación de los Servicios por parte del Proveedor, g) el uso de insumos defectuosos, nocivos, vencidos, inapropiados o semejante utilizados por el Proveedor en la prestación de los Servicios. En tales casos el Proveedor será responsable de la defensa o del pago de la defensa que el Comprador elija, contra todas las acciones, demandas, reclamos, quejas, juicios, procesos y procedimientos de índole judicial, extrajudicial y administrativos y pagará todos los costos y gastos en que se incurran por dicha circunstancia. El Comprador podrá instaurar cualquier acción, demanda, denuncia, queja o reclamo que considere procedente conforme a la ley aplicable en el país en que se ejecute la Orden de Compra. El Proveedor se obliga a mantener informado al Comprador de todos y cualquier avance en los juicios, procesos o procedimientos instaurados y en los que sea responsable de la defensa y a proveer un informe trimestral o en cualquier momento a solicitud del Comprador por escrito del estado de dichos juicios, procesos o procedimientos. El Proveedor se obliga a indemnizar y mantener indemne al Comprador, a su cargo y costo, de cualquier demanda, acción o reclamo en contra del Comprador que afirme que los Servicios efectivamente prestados y/o los Productos suministrados por el Proveedor en virtud de Orden de Compra, constituyen una violación de cualquier marca, patente de invención u otro derecho de propiedad industrial o intelectual en cualquier jurisdicción. El Proveedor indemnizará al Comprador y pagará todos los daños y costos finalmente impuestos contra el Comprador en dicha acción legal, incluyendo honorarios de abogados.

  15. CESIÓN. El Proveedor acepta que no podrá transmitir o ceder la Orden de Compra, salvo aceptación previa y por escrito del Comprador. El Comprador podrá ceder los derechos y obligaciones objeto de la Orden de Compra a cualquier entidad afiliada, o subsidiaria, dentro del grupo corporativo económico al que pertenece, o a aliados comerciales, sin aprobación del Proveedor, y deberá notificar de dicha cesión al Proveedor por escrito.

  16. TERMINACIÓN, INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD. Una vez terminada la Orden de Compra, el Proveedor concluirá la entrega de todos los Productos y/o la prestación de los Servicios que haya contratado el Comprador, obligándose el Proveedor a entregar todos los bienes, incluyendo muestras, diseños, dibujos, moldes, matrices, maquinaria, herramientas o cualquier material propiedad del Comprador que le fueron proporcionados con el objeto de cumplir las obligaciones asumidas en la Orden de Compra, entendiéndose al efecto que toda documentación relacionada con el objeto de la Orden de Compra será considerada propiedad del Comprador. De igual forma, el Proveedor devolverá al Comprador todos los bienes, incluyendo muestras, maquinaria, herramientas, diseños y dibujos, moldes, matrices o cualquier material desarrollado para cumplir con la Orden de Compra y que hayan sido pagados por el Comprador, a menos que se haya acordado de que el Proveedor asuma el costo de estos. Mientras se encuentre vigente la Orden de Compra o cualquier otra Orden de Compra que ampare del suministro de Productos o la prestación de Servicios iguales, el Proveedor tendrá en custodia todos los bienes o materiales propiedad del Comprador y será responsable ante éste de cualquier daño o pérdida y se obliga a pagar todos los costos y gastos para mantenerlos en condiciones óptimas. Asimismo, el Proveedor se obliga a no fabricar, usar o vender para sí mismo o para otro de sus clientes productos con las marcas, envases y etiquetas del Comprador; obligándose asimismo el Proveedor a no utilizar o vender la información proporcionada por el Comprador o utilizar y vender la información, bienes y materiales que desarrolló para el Comprador para el suministro de los Productos o en la prestación de los Servicios, salvo que medie autorización por escrito del Comprador. El Proveedor guardará en todo momento absoluta confidencialidad sobre toda la información que se genere con motivo de la Orden de Compra, lo cual incluye las especificaciones de los Productos y/o de los Servicios, cantidades, precios, aplicaciones, etc. y tomará las medidas pertinentes para que sus empleados y/o subcontratistas involucrados de alguna forma en la ejecución mantengan asimismo dicha confidencialidad. En relación y para la protección de la información confidencial que se genere con motivo de la emisión de la Orden de Compra, las Partes se comprometen a no utilizarla para fines distintos a los establecidos en esta, aceptando que no revelarán dicha información a terceros sin la previa autorización por escrito de su contraparte.

  17. TERMINACIÓN POR INCUMPLIMIENTO Y PENA CONVENCIONAL. El Comprador podrá dar por terminada la Orden de Compra de forma inmediata y sin necesidad de resolución judicial previa, mediante notificación por escrito al Proveedor por cualquier medio, incluyendo mediante envío físico a su dirección o a través de correo electrónico, en los siguientes casos: a) incumplimiento o violación del Proveedor de cualquiera de las obligaciones sustanciales pactadas en la Orden de Compra y/o en estos Términos y Condiciones; b) incumplimiento del Proveedor en la entrega de los Productos o en la prestación de los Servicios en las fechas previstas o cuando sean total o parcialmente devueltos o rechazados por el Comprador; c) por negativa injustificada del Proveedor de cambiar y/o reponer los Productos o de corregir los Servicios amparados por la Orden de Compra, cuando proceda la devolución o corrección en los términos de ésta, y d) en caso de que el Proveedor sea declarado en quiebra, insolvencia, concurso o cualquier otro proceso de ejecución colectiva, aun cuando sea preventivo. Sin perjuicio de cualquier otra pena convencional pactada entre las Partes por escrito, en caso de que el Proveedor incumpla con una o más de las obligaciones contraídas en la Orden de Compra y/o en estos Términos y Condiciones, o bien incurra en cualquiera de las causales acá contempladas, el Proveedor deberá pagar al Comprador, en un término no mayor a 48 horas posteriores a la fecha en que reciba comunicación por escrito del Comprador notificando el incumplimiento, una penalidad equivalente a máximo el 30% del valor total de la Orden de Compra, a criterio exclusivo del Comprador, por concepto de indemnización por daños y perjuicios, y procederá de inmediato con la devolución de todos los anticipos o pagos recibidos en un plazo máximo de cinco (05) días calendario luego de la notificación de incumplimiento.
    Condición particular en casos de prestación de servicios para eventos: En caso de que el objeto de la Orden de Compra sea la prestación de servicios relacionados con la realización de un evento, el Proveedor deberá reembolsar al Comprador el 100% de lo que ya hubiese recibido como contraprestación por sus Servicios, y además deberá pagar al Comprador el 100% del valor de la Orden de Compra a título de penalidad cuando: i) como resultado del incumplimiento el evento no se pueda celebrar, se celebre con más de media hora de retraso, o el Comprador tenga que cancelar o posponer dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario previos a la fecha del evento, ii) el salón o espacio físico alquilado no pueda ser utilizado, iii) el Proveedor no permita que se realicen los trabajos de montaje necesarios, (iv) el salón o espacio físico alquilado no cuente con los muebles, recursos, adecuaciones, condiciones y/o equipos pactados y/o necesarios para el desarrollo del evento; o v) el Proveedor cancele el evento dentro de los siete (07) días hábiles previos a la fecha del evento.

  18. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL. Cada una de las Partes reconoce expresamente no tener derecho sobre ningún registro de propiedad industrial o  propiedad intelectual  de la contraparte, al efecto, aceptan que cualquier fabricación y/o comercialización que se hiciere sin autorización de Productos protegidos por cualquier registro o patente propiedad de o del que la otra parte fuese licenciataria, será castigada con el pago de los daños y perjuicios que se pudieren causar, sin perjuicio de las acciones administrativas y penales contempladas en  las leyes del país en que se ejecute el objeto de la Orden de Compra.  La prohibición anterior se extenderá a todo tipo de productos, incluyendo en forma enunciativa más no limitativa su fórmula, el proceso de fabricación, envases, empaques y etiquetas. Para el caso de que alguna de las Partes estuviese infringiendo derechos de propiedad industrial o intelectual propiedad de algún tercero, ésta se obliga a mantener indemne y dejar a salvo a la otra Parte (incluyendo honorarios razonables de abogados) en cualquier tipo de demanda y/o reclamación, judicial o extrajudicial. Adicionalmente, en caso de que el Proveedor realice materiales, diseños, fotografías, videos u obras a solicitud del Comprador, se considerarán propiedad del Comprador, quien según sea el caso podrá copiarlo, reproducirlo, fijarlo, cederlo, adaptarlo, compilarlo y, en general, explotarlo de cualquier manera; el Proveedor cede todos los derechos sobre dicho material y garantiza que dicho material, fotografía, video, diseño u obra no infringe derechos de propiedad industrial ni intelectual de terceros. En caso de que el Proveedor realice obras al amparo de alguna Orden de Compra, aquellas serán consideradas como obras por encargo de conformidad con las disposiciones de la ley aplicable, razón por la cual, a fin de perfeccionar la cesión de derechos patrimoniales de autor plenamente en favor del Comprador, el Proveedor en este acto cede en exclusiva, sin limitación alguna, y con base en la legislación aplicable así como en las correspondientes legislaciones extranjeras y en los Tratados Internacionales, a favor del Comprador, quien los acepta para sí, al igual que aquellos derechos que deriven de cualquier compendio, modificación, compilación, adaptación, traducción, transformación y/o publicación que posteriormente se realice respecto de la obra. El Proveedor garantiza al Comprador la originalidad de la obra, al igual que se obliga a sacar en paz y a salvo al Comprador por reclamaciones de terceros (incluyendo, sin limitar, a sus empleados, factores y/o dependientes) que se ostenten con un mejor derecho, y en caso de que dichas reclamaciones prosperen de modo que dejen la obra sin posibilidad de uso o explotación por parte del Comprador. Lo anterior, con independencia de las sanciones penales a las que tenga lugar la acción u omisión que en su caso se presentara por parte del Proveedor. Por otro lado, cualquier limitación que aplique al libre uso de los Productos suministrados, deberá ser oportunamente informada por escrito por el Proveedor al Comprador y con una antelación razonable, y en ausencia de tal aviso será entonces el Proveedor el único responsable de cualquier uso indebido, realizado o no por el Comprador, como resultado de no haberle sido informada la limitación oportunamente. Lo mismo aplicará al caso en el que el Comprador no pueda dar a los Productos el uso que tenía previsto para ellos, por no haber sido informado oportunamente por el Proveedor respecto a la limitación.

  19. TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD. La propiedad y el riesgo de pérdida o deterioro de los Productos amparados por la Orden de Compra recaerán en el Proveedor hasta que sean entregados al Comprador en el punto especificado en la Orden de Compra; para el caso de que no se haya especificado el punto de entrega, entonces cuando los Productos sean entregados al transportista señalado por el Comprador o cuando sean entregados al Comprador, lo que ocurra primero. Sin embargo, el Proveedor se obliga a mantener al Comprador indemne (incluyendo honorarios razonables de abogados) de cualquiera o todo tipo de demanda y/o reclamación, judicial o extrajudicial que se entable contra el Comprador por los daños que los Productos puedan causar a las personas o a cualquier propiedad, o por su manejo o transportación, antes de ser entregados al Comprador.

  20.  SEGURO DE LOS PRODUCTOS. El Proveedor asegurará los Productos contra pérdida o robo y dicho seguro deberá cubrir también las maniobras de carga y descarga en las instalaciones del Comprador o en el punto de entrega estipulado en la Orden de Compra. Dicho seguro deberá estipular al Comprador como beneficiario y el Proveedor deberá entregar copia de la póliza correspondiente, previa solicitud del Comprador. En caso de transporte de los Productos, si el Proveedor es el encargado de escoger al transportista, deberá velar porque este cuente con todos los seguros que cubran los Productos durante su traslado hasta su efectiva entrega al Comprador.

  21. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES Y CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN. El Proveedor garantiza que: a) ninguna, ley, ordenanza, reglamento, decreto, acuerdo, norma, regla o guía prohíbe el envío, ofrecimiento, venta y/o libre uso de los Productos o Servicios, o el propósito para el cual fueron concebidos; b) todos los Productos y materias utilizadas en la elaboración de estos así como los Servicios efectivamente prestados, elaborados, analizados, probados, empacados, etiquetados, facturados, embarcados y, si requiere, certificados y/o registrados de acuerdo con, y en general cumplen con, todas las disposiciones legales aplicables como leyes, ordenanzas, decretos acuerdos, normas, reglas o guías. Cualquier defecto, anomalía o falla de los Productos y/o Servicios que no permitan que estos cumplan con cualquier condición, requerimiento, garantía o que no permitan o garanticen su uso, empleo o disposición debida, será hecha del conocimiento del Proveedor, por cualquier medio y en un tiempo razonable, después de que el Comprador haya descubierto la falla, defecto o anomalía o de haber recibido la información sobre la falla, defecto o anomalía. El Proveedor se obliga en este acto y garantiza al Comprador que a partir de la fecha de emisión de la Orden de Compra, y en el desempeño de su encargo, ni el Proveedor, ni sus accionistas, dueños, socios, funcionarios, directores, empleados o agentes, ofrecerán, pagarán, prometerán un pago, ofrecerán, darán, prometerán dar o autorizarán dar cualquier objeto de valor o cantidad en dinero, ya sea directa o indirectamente a: (i) cualquier oficial o empleado de cualquier entidad de gobierno, departamento o agencia en la Jurisdicción Aplicable (según se define en estos Términos y Condiciones) y cualquier otra parte del mundo, (ii) cualquier partido político o candidato a puesto de gobierno en la Jurisdicción Aplicable o cualquier parte del mundo, (iii) cualquier funcionario o empleado de una organización pública internacional, con el objeto de influir en cualquier acto o decisión de dicho funcionario, empleado, partido político o candidato o con el objeto de inducir en una acción u omisión de cualquier funcionario, empleado, partido político o candidato, o para asegurar ventaja o beneficio indebido a favor del Comprador o para promover intereses de negocio del Comprador en cualquier aspecto. El Proveedor se obliga a cumplir con las leyes y normativas que previenen el soborno y sancionan la corrupción, en específico la ley que sanciona prácticas corruptas en el extranjero (Foreign Corrupt Practices Act) y la Ley de Gran Bretaña que sanciona actos de corrupción (UK Bribery Act), entre otras, así como con el Código de Conducta de Herbalife. El Comprador podrá, sin perjuicio de cualquier otro recurso legal, terminar inmediatamente la Orden de Compra sin responsabilidad alguna, y sin necesidad de declaración judicial previa, en el evento que el Comprador tuviera conocimiento o recibiera información, por virtud de la cual determinen a su sola consideración, el incumplimiento por parte del Proveedor de lo aquí establecido. Adicionalmente, el Comprador podrá requerir periódicamente al Proveedor una certificación por escrito del cumplimiento con lo establecido en esta cláusula. De acuerdo con la Política Global de Herbalife, los proveedores no pueden mantener una propuesta de distribución internacional (distribuidor independiente) con Herbalife. En este sentido, el Proveedor declara que no tiene un acuerdo de distribución independiente con Herbalife en general. Esta restricción se extiende a los socios, representantes legales y administradores del Proveedor. En caso de incumplimiento de esta cláusula, Herbalife podrá rescindir tanto la Orden de Compra como el contrato de distribución independiente mantenido por el Proveedor (o sus socios, funcionarios o representantes legales), sin perjuicio de ser indemnizado por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento y por la terminación justificada del contrato.

  22. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLES. - Cualquier Orden de Compra que sea emitida por el Comprador a cargo del Proveedor se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del país para el que se contrató el suministro de los Productos o la prestación de Servicios. No se aplicará la Convención de las Naciones Unidas sobre el contrato de compraventa internacional de mercaderías. Cualquier disputa que surja entre las Partes se resolverá única y exclusivamente ante los tribunales competentes de la ciudad del domicilio social del Comprador. 

  23. DATOS PERSONALES. -El Proveedor reconoce que no recibirá ningún dato personal del Comprador ni procesará ningún dato personal en nombre del Comprador en relación con el Producto o Servicio.  En la medida en que el Proveedor reciba posteriormente datos personales del Comprador o procese datos personales recibidos del Comprador o en su nombre, el Proveedor reconoce y acepta que cumplirá con todas las leyes de privacidad de datos aplicables y celebrará un anexo de privacidad de datos adecuado con el Comprador.  En la medida en que el Comprador reciba datos personales del Proveedor, el Comprador procesará los datos personales del Proveedor para un fin comercial legítimo y cumplirá con todas las leyes de privacidad aplicables.  Para obtener más información sobre cómo el Comprador maneja la información personal, consulte nuestra política de privacidad en https://hrbl.me/privacypolicy_vendors .  Si reside en Colombia, póngase en contacto con autorizaciondatos_colombia@herbalife.com  para ejercer los derechos que le correspondan.  Para todos los demás residentes, póngase en contacto con privacy@herbalife.com .

  24. CONDICIONES PARTICULARES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EVENTOS:
    a) Servicio de venue o sede y/o de arrendamiento de espacios para eventos: Según aplique, en caso de que el objeto de la Orden de Compra sea la prestación de servicios de venue/sede para la realización de un evento, el Proveedor autoriza al Comprador para que: i) pueda ingresar productos de la marca Herbalife Nutrition antes y durante el desarrollo del evento, ya sea para exhibición y/o consumo de los asistentes; ii) pueda grabar videos y obtener fotografías antes, durante y después del evento, y dentro o fuera de las instalaciones en que se desarrolle el evento, ya sea por sí o través de terceros y reproducir obras musicales dentro de éste. Asimismo, el Comprador podrá mencionar y promocionar el evento, antes, durante y después del mismo, en cualquier parte del mundo y en cualquier medio conocido o por conocerse, indicando que se llevará o llevó a cabo en las instalaciones objeto de la Orden de Compra, para lo cual podrá usar cualquier imagen o video obtenido de las instalaciones y/o proporcionado por el Proveedor, iii) de ocurrir algún incidente en las instalaciones donde se desarrolle el evento o en sus inmediaciones, que involucre el extravío, robo, hurto, daño o destrucción de cualquier bien de propiedad del Comprador, de sus proveedores o de los participantes en el evento, el Proveedor deberá brindar al Comprador todas las facilidades necesarias para el esclarecimiento de los hechos, incluyendo el acceso inmediato a los videos grabados por las cámaras de seguridad instaladas en el inmueble, bastando para ello el solo requerimiento escrito o verbal del Comprador. El Proveedor comprende y acepta que el acceso inmediato a la información y videos descritos en este párrafo es crucial para poder tomar acciones tendientes a recuperar, preservar y/o proteger los bienes en cuestión. Asimismo, el Comprador se compromete a entregar los videos y demás materiales captados por las cámaras de seguridad sin que éstos hayan sufrido manipulación, edición o alteración alguna. En caso de que el Proveedor no cumpliera con brindar acceso inmediato a la información y videos antes mencionados, éste deberá pagar al Comprador una penalidad equivalente al valor de mercado de los bienes afectados, ello sin perjuicio de las demás acciones legales a las que hubiera lugar.
    b) Servicio de catering y/o de alimentos o bebidas para eventos: Según aplique, el Proveedor se compromete a que la compra, conservación, preparación y presentación de los alimentos o bebidas servidos para ser consumidos por los comensales durante el evento cumplan con las normas de sanidad correspondientes, por lo que deberá seguir un proceso estricto de lavado y desinfección de frutas y verduras, así como un manejo con herramientas como guantes, pinzas, charolas, cofias, cubre-bocas y mallas para quienes tengan contacto con los mismos, a fin de que se conserven limpios y desinfectados evitando en la medida de los posible el contacto directo por parte de los cocineros, meseros, superficies ajenas a las destinadas para el almacén y elaboración, así como de cualquier personal distinto a cocineros, ayudantes o meseros que puedan tener manejo de los mismos. Es responsabilidad completa del Proveedor llevar a cabo los procesos referentes a su preparación, con el más estricto estándar de limpieza. Los alimentos y bebidas, una vez que se encuentren preparados, deberán ser aprobados por el Comprador antes de ser servidos a los comensales, y en caso de que no cumplan con los requerimientos solicitados por el Comprador, éste último podrá dar por terminada la Orden de Compra. Derivado de lo anterior, el Proveedor se obliga a cubrir e indemnizar a las personas que resulten afectados por cualquier evento relacionado a la intoxicación o alergia por la ingesta de los alimentos o bebidas que se servirán durante el evento, así como también a cubrir el total de los gastos médicos que puedan ser requeridos por cualquiera de los mismos. Adicionalmente, en caso de presentarse cualquiera de los supuestos señalados anteriormente, el Proveedor deberá pagar al Comprador una pena convencional equivalente al cien por ciento (100%) de la Orden de Compra, sin perjuicio del derecho que el Comprador tendrá de terminar unilateralmente y de manera inmediata y sin obligación alguna la Orden de Compra.

  25. NO MODIFICACIÓN. El Proveedor acepta que la Orden de Compra y estos Términos y Condiciones son los únicos aplicables a los Productos y/o Servicios contratados, y en consecuencia el Comprador no quedará obligado por cualquier término, condición, limitación, restricción, tarifa o precio incluido en documentos, comunicaciones o formularios del Proveedor, tales como cartas de confirmación, órdenes de pedido, cotizaciones, presupuestos, ofertas, propuestas comerciales, páginas web, correos electrónicos, o cualquier otro documento que pretenda afectar, regular, variar, limitar o ampliar el objeto de la Orden de Compra y/o estos Términos y Condiciones, aun y cuando el Comprador no los haya rechazado expresamente. 

  26. ACEPTACIÓN. – El Proveedor declara expresamente que reconoce y acepta obligarse por cualquier Orden de Compra que sea emitida por Herbalife Nutrition y por estos Términos y Condiciones aplicables a las mismas. A este efecto hace constar que i) conoce las especificaciones y exigencias técnicas requeridas por el Comprador para el cumplimiento del objeto de la Orden de Compra, y ii) que se compromete a tomar a su cargo el objeto de la Orden de Compra con estricta sujeción a estos Términos y Condiciones y a cualquier exigencia de Herbalife Nutrition.